mayo 01, 2026

¿Reformas para proteger a usuarios frente a prácticas abusivas de la banca?

¿Reformas para proteger a usuarios frente a prácticas abusivas de la banca?

El presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena, diputado Ricardo Monreal Ávila, impulsa una iniciativa para proteger a los usuarios frente a la práctica de emisión de tarjetas de crédito o débito sin consentimiento expreso, así como evitar que las instituciones financieras generen cobros por anualidades, comisiones u otros conceptos asociados a productos no solicitados.

La propuesta busca reformar el artículo 18 Bis, fracción I, agregar una fracción al artículo 4 Bis y los artículos 18 Bis 9, 18 Bis 10, 18 Bis 11 y 18 Bis 12 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Monreal Ávila se refiere que con estas adecuaciones se establece que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales no autorizados previamente en el Contrato de Adhesión o sin el consentimiento expreso del usuario.

Proponer que las entidades emisoras de Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito, deberán garantizar que toda la información relativa a costos, cargos y comisiones asociadas al producto sea clara, veraz y suficiente, de conformidad con los principios de transparencia, buena fe y protección al usuario.

En su iniciativa señala:

Queda prohibida toda oferta, promoción o mensaje que, de manera directa o indirecta, induzca al usuario a considerar que los Medios de Disposición carecen de costos cuando generen comisiones, anualidades, cargos adicionales o cualquier otra contraprestación económica.

En tanto, las entidades emisoras de Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito deberán garantizar al usuario el derecho de cancelarlas de manera presencial, telefónica y digital.

Al momento en que la persona usuaria solicita la cancelación, la entidad emisora ​​deberá realizar de manera inmediata un bloqueo preventivo, entendido como la suspensión temporal de toda transacción o carga asociada a la tarjeta, con el fin de evitar operaciones mientras se formaliza la cancelación definitiva del contrato o Medio de Disposición.

Los mecanismos de cancelación y bloqueo deberán estar disponibles de forma presencial, telefónica y digital, incluyendo aplicaciones móviles, banca en línea y portales web oficiales, mediante botones visibles y de acceso directo, disponibles las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año.

Foto: Pixabay

En el caso de la cancelación de los Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito:

Deberá efectuarse en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la solicitud del usuario, realizarse sin costo alguno para el usuario, prohibiéndose cualquier cargo, comisión o penalización asociada a la cancelación y formalizarse mediante prueba digital o física que certifique la terminación del contrato o, en su caso, la cancelación del Medio de Disposición.

La emisión de un Medio de Disposición consistente en tarjetas de crédito o débito sin el consentimiento expreso y verificable de la persona usuaria será nula de pleno derecho y no se generará obligación alguna, ni será necesaria su cancelación, acota Monreal.

Se estipula en su propuesta que queda prohibido generar cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos asociados a dichos Medios de Disposición, así como cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso.

Además, las entidades emisoras deberán reembolsar los montos cobrados de manera indebida en un plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir de la recepción de la reclamación presentada por la persona usuaria directamente ante la entidad emisora, o a partir de la notificación que de dicha reclamación realice la autoridad competente.

La vigilancia de estas disposiciones corresponderá a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros respecto de las entidades financieras, y a la Procuraduría Federal del Consumidor en el caso de emisores comerciales, sin perjuicio de las sanciones aplicables.

Estas adecuaciones normativas garantizarán que la cancelación de tarjetas de crédito o débito sea un derecho real y efectivo para los usuarios.

Esta iniciativa es oportuna, señala Ricardo Monreal, toda vez que de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) en 2024, sus unidades de atención recibieron 251 mil 528 reclamaciones, siendo los principales productos motivo de queja las tarjetas de crédito, de débito y los créditos personales.

De ese total, 7 mil 594 casos correspondieron a solicitudes de cancelación de productos o servicios no atendidas o no aplicadas, lo que convirtió a la cancelación en la séptima reclamación de mayor ocurrencia.

Subraya que, aunque el marco normativo reconoce el derecho de las personas usuarias a dar por terminado su contrato en cualquier momento, en la práctica este principio de libertad contractual enfrenta serias limitaciones.

El problema se manifiesta en dos direcciones. Por un lado, la desadherencia contractual: Muchas entidades financieras y comerciales exigen trámites presenciales innecesarios, imponen requisitos ambiguos o generan demoras injustificadas que convierten la cancelación en un procedimiento complejo y desgastante.

Por otro lado, la adherencia sin voluntad: Proliferan prácticas de emisión de tarjetas de crédito sin solicitud expresa, a menudo bajo promociones o mecanismos poco claros que inducen al error y comprometen a los usuarios sin un consentimiento válido.

Por lo tanto, precisa, el objeto de estas reformas es garantizar un procedimiento ágil y eficaz para la terminación de contratos de tarjetas de débito y crédito, mediante la fijación de plazos perentorios y condiciones mínimas de observancia obligatorias para las entidades emisoras, de modo que se asegure el ejercicio efectivo del derecho de cancelación en cualquier momento, sin dilataciones ni cargas indebidas para las personas usuarias.

Fotos: Kris/Pixabay

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