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Aprueba Suprema Corte, portar más de 5 gramos de mariguana para uso personal

Yosafakiu

 

Por tres votos contra dos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró  inconstitucional la penalización por posesión de más de 5 gramos de mariguana, siempre y cuando esta sea para consumo personal.

Los magistrados se pronunciaron a favor de invalidar una porción del artículo 478 de Ley General de Salud, según la cual se debe castigar con hasta tres años de prisión a quien rebase esa cantidad.

Serán los fiscales y jueces quienes determinen, en cada caso, si la droga portada es para consumo personal, refiere el máximo tribunal del país.

El delito por posesión simple establecía que:

Se aplicará una pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días de multa al que posea alguno de los narcóticos comprendidos en la legislación; delito previsto a la par del de posesión con intención de venta, comercialización o suministro.

Foto: Yosafakiu
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