La iniciativa del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) plantea reformar las leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del IMSS y del ISSSTE. La medida aplicará de forma acotada cuando el deudor esté desempleado, carezca de bienes y bajo un monto equivalente al retiro por desempleo.
Ivette Sosa
Para priorizar el derecho a la alimentación de la niñez, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), presentó una iniciativa de ley que busca permitir el embargo judicial acotado de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, exclusivamente para saldar deudas de pensión alimenticia en favor de menores de edad.
La propuesta, turnada a la Comisión de Seguridad Social, armoniza las leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Con ello, se resuelve la antinomia legal existente que declara inembargables estos fondos de forma absoluta, a pesar de que el marco jurídico actual sí autoriza al trabajador a retirar voluntariamente una parte de su ahorro en situaciones de desempleo.
Condiciones y candados de la medida:
- Procedencia acotada: El embargo únicamente podrá aplicarse si la persona deudora se encuentra sin empleo formal, carece de otros bienes para cubrir la obligación y no ha realizado un retiro por desempleo en los últimos cinco años.
- Monto máximo y reintegro: La suma embargada no superará los topes fijados para el retiro por desempleo (artículo 191 de la Ley del IMSS y artículo 77 de la Ley del ISSSTE). Dichos recursos deberán reintegrarse a la subcuenta cuando el trabajador vuelva a cotizar.
- Control y amparo judicial: El juez deberá cerciorarse de que la retención respete el mínimo vital de subsistencia del trabajador, alineándose con los criterios emitidos por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El legislador destacó que la reforma no representa ningún impacto financiero para el erario, ya que se canalizará a través del sistema operativo ya existente de las AFORE, IMSS e ISSSTE, dando cumplimiento cabal al artículo 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
