Van por ley de consentimiento viciado, para frenar abusos de poder de adultos sobre menores.
Con el objetivo de actualizar el marco jurídico nacional frente a las nuevas modalidades de coacción psicológica, el diputado Javier Taja Ramírez (Morena) presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal.
La propuesta busca castigar de forma explícita el aprovechamiento de la inmadurez emocional, el abuso de confianza o el engaño mediante promesas afectivas y económicas en las relaciones sexuales entre personas adultas y menores de entre 15 y 18 años.
El proyecto de decreto, turnado a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, plantea modificar el artículo 262 de la citada ley federal, el cual prevé actualmente una sanción que va de los tres meses a los cuatro años de prisión.
La adición tipifica penalmente los mecanismos de manipulación que anulan la validez jurídica del consentimiento en las etapas de desarrollo adolescente.
Manipulación digital y relaciones asimétricas
En la exposición de motivos, el legislador argumentó que las formas de violencia sexual han evolucionado significativamente a la par del entorno digital.
Hoy en día, los agresores emplean de forma sistemática tecnologías informáticas, dinámicas de poder asimétricas y coacción emocional para doblegar la voluntad de las víctimas, afectando su capacidad para otorgar un consentimiento plenamente libre, maduro e informado.
Taja Ramírez precisó que los vínculos entre adultos y jóvenes de 15 a 17 años suelen gestarse en contextos de profunda desigualdad material o afectiva.
En estos escenarios, promesas falsas de protección, ofertas de beneficios económicos o la transgresión de un lazo de confianza familiar, influyen de manera indebida en el desarrollo del menor, convirtiendo las carencias del entorno en una herramienta de sumisión.
Hacia una protección reforzada
La iniciativa expone que el Código Penal Federal vigente presenta limitaciones críticas, ya que no contempla con suficiente claridad los casos donde el consentimiento se encuentra viciado por el engaño o la subordinación psicológica. Esta omisión, señala el documento, traslada de forma injusta una corresponsabilidad a la víctima y deja desprotegido su derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad.
El promotor de la reforma subrayó que la protección de la niñez y la adolescencia constituye una obligación ineludible del Estado mexicano, consagrada en la Constitución y en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
Al incorporar una perspectiva de protección reforzada, la ley reconocerá de forma explícita que cualquier consentimiento obtenido mediante el chantaje o el abuso de autoridad, carece de toda validez legal.
