Para tipificar y sancionar el delito de anticoncepción forzada, al establecer pena de cuatro a siete años de prisión y hasta setenta días multa, así como el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, que podrá incluir el procedimiento médico o quirúrgico correspondiente para revertir la anticoncepción, la diputada Olga Luz Espinosa Morales (PRD) presentó una iniciativa.
El documento, enviado a las comisiones unidas de Salud y de Justicia, busca señalar en el Código Penal Federal que comete el delito de anticoncepción forzada quien sin el consentimiento de una persona o mediante el uso de la coacción o a través de la manipulación implante o practique en ella procedimientos químicos, sustancias u objetos de cualquier otra índole para evitar la fecundación.
Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la suspensión del empleo o profesión por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta hasta la inhabilitación definitiva, o bien, en caso de que el responsable sea servidor público se le privará del empleo, cargo o comisión público que haya estado desempeñando.
Precisa que cuando la persona responsable ofrezca algún tipo de dádiva, prestación económica, social o de cualquier otra índole, aunado a las penas previstas, estas serán aumentadas hasta un tercio.
En los cambios a la Ley General de Salud
Plantea que en tratamientos de anticoncepción o esterilización, la autorización deberá otorgarse por escrito y únicamente podrá proporcionarla la persona usuaria beneficiaria, previo a su intervención o internamiento.
Tratándose de personas que pertenezcan a grupos en situación de vulnerabilidad, añade, el personal que recabe la autorización deberá explicarles atendiendo a sus condiciones particulares, incluyendo el lenguaje o idioma que comprendan. En el caso de las personas con discapacidad auditiva, podrán auxiliarse por un intérprete de lengua de señas mexicanas o de persona de su confianza.
Espinosa Morales considera fundamental reforzar las acciones en favor de la salud sexual y reproductiva, siempre garantizando el respeto a los derechos humanos, por lo que la iniciativa tiene por objeto eliminar la violencia obstétrica que se realice mediante la esterilización y anticoncepción forzada.
Refiere que México presenta más casos de violencia obstétrica, y en muchas ocasiones las víctimas ni siquiera se enteran de que son víctimas, ya que se ha normalizado está situación. “Este concepto incluye entre otras situaciones, gritos, ofensas, amenazas, omisiones y castigos, así como procedimientos no consentidos como imponer un método anticonceptivo o de esterilización o bien realizar una cesárea sin consentimiento de la paciente”.
De acuerdo con datos oficiales
- En México hay más de seis millones de mujeres indígenas, de las cuales 4.8 millones (el 80 por ciento) son víctimas de la violencia obstétrica.
- La situación es grave debido a que seis de cada 10 mujeres indígenas están en etapa reproductiva.
- De las 32 entidades, solo 17 cuentan con reglamentación específica sobre la violencia obstétrica.
La iniciativa reforma el artículo 67 y adiciona los párrafos tercero y cuarto al artículo 51 Bis 2, ambos de la Ley General de Salud; y reforma el artículo 199 Quintus, párrafo primero, adiciona un último párrafo al artículo 199 Quintus y el artículo 199 Quintus 1, todos del Código Penal Federal.

