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Declaran constitucional reforma que reduce la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales

Pexels en Pixabay/ OBRERO, JORNADA LABORAL

La Cámara de Diputados emitió el proyecto de declaratoria por el que se reforman las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política, en materia de reducción de la jornada laboral.

La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán (PAN), dijo que una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emite el siguiente proyecto de declaratoria:

El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformadas las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política, en materia de reducción de la jornada laboral. Se remite a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme (Morena), informó de la recepción y cómputo de 22 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guanajuato, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.

Con lo aprobado

Se determina que la jornada laboral será de cuarenta horas semanales. Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro.

En el régimen transitorio

Subraya que el decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria en un plazo de 90 días a partir de la publicación del presente decreto

Indica que la duración de la jornada laboral a que se refiere el artículo 123, apartado A, fracción IV –40 horas de la semana laboral– se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a: en 2026, la jornada sea de 48 horas; en 2027, 46; en 2028, 44; 2029, 42, y para 2030, en 40 horas.

En ningún caso, la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.

Imágenes: Pixabay
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