abril 29, 2024

Las solicitudes de información bancaria requerirán de autorización previa del juez de control

Las solicitudes de información bancaria requerirán de autorización previa del juez de control

La Cámara de Diputados aprobó, por 424 votos a favor, el dictamen que adiciona el artículo 252 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y reforma el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de control judicial para solicitar información de operaciones y servicios de instituciones de crédito.

El documento, remitido al Senado, precisa que la solicitud de noticias, información o documentación relativa a las operaciones y servicios de instituciones de crédito requerirá autorización previa del juez de control.

Además, el Fiscal General de la República o el servidor público en quien se deleguen facultades para requerir información, para la comprobación del hecho que la ley señale como delito y de la probable responsabilidad del imputado, sólo podrán realizarlo cuando cuenten con autorización previa del juez de control.

Subraya que, en todo caso, los servidores públicos de la Fiscalía General de la República o el servidor público en quien se deleguen facultades deberán formular la solicitud con la autorización previa del juez.

Sin privacidad no hay libertad

La diputada Janeth Yareli Sánchez Cruz (Morena) destacó que el derecho humano a la privacidad es el último bastión de la autonomía y dignidad, y sin privacidad no hay libertad y sin libertad no hay verdadera democracia ni justicia. “El derecho a la privacidad e intimidad está reconocido en la Constitución”.

Argumentó que con el dictamen se busca un control judicial obligatorio por parte de la Fiscalía General de la República para requerir información a instituciones bancarias y financieras sobre personas sujetas a investigación criminal.

Es nuestro deber proteger los derechos de las y los ciudadanos; la información bancaria de las personas no puede ser transgredida solo en casos que conlleve una autorización judicial.

Se vulneraba el principio de privacidad

Por el PAN, la diputada Paulina Rubio Fernández expresó que la iniciativa surgió de la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para declarar inconstitucionales ambos artículos, ya que contravienen el derecho humano a la privacidad; de ahí, dijo, la necesidad de que medie una orden judicial para que la Fiscalía pueda solicitar cualquier información bancaria.

Recordó que se había quitado el candado en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la Ley de Instituciones de Crédito, para que las fiscalías requirieran información bancaria y que no mediera una orden judicial de por medio.

Eso vulnera el principio de privacidad de las y los ciudadanos. Aplaudo que se restituya esta protección, señaló el legislador.

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