Ícono del sitio DiarioNoticiasWeb.Org

Ley General en Materia de Feminicidio: ¿Evitar que éste siga siendo un delito discrecional en su interpretación?

Foto: semprepiusu03 /

El Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Senado) aprobó apenas esta semana, una reforma constitucional que otorga al Congreso, la facultad de expedir una Ley General en materia de feminicidio.

Ivette Sosa

Actualmente, existen 32 definiciones distintas de feminicidio en el país (una por cada estado), lo que genera disparidades en la justicia, investigaciones inconsistentes y dificultades para sancionar el delito de manera uniforme.

¿Ya es ley? ¡Aún no! Al tratarse de una reforma constitucional, el proyecto ha sido enviado a las legislaturas de los estados para su aprobación. Una vez que sea ratificado por la mayoría de los congresos locales, el Congreso tendrá un plazo (se ha planteado un periodo de 180 días), para discutir y expedir la nueva Ley General.

Desglocemos el asunto: ¿Qué implica “Facultar al Congreso”?

En el sistema federal mexicano, los estados tienen autonomía para legislar en materia penal a través de sus propios Códigos Penales. Actualmente, esto provoca que existan 32 definiciones distintas de feminicidio, 32 formas diferentes de investigar y 32 escalas de penalidades.

Facultar al Congreso implica una reforma constitucional (generalmente al Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) para otorgar al Legislativo Federal la competencia de emitir una Ley General. Esto obligaría a las entidades federativas a armonizar sus legislaciones bajo un mismo marco jurídico nacional.

Los objetivos de una Ley General

La creación de este marco jurídico buscaría resolver los vacíos que actualmente permiten la impunidad:

Definición Homogénea: Establecer un tipo penal único y claro en todo el país, evitando que el feminicidio sea tratado como un homicidio doloso simple en algunos estados debido a redacciones deficientes.

El debate político y legal

Si bien la propuesta cuenta con un alto consenso social, existen desafíos técnicos y políticos:

Federalismo vs. Unificación: La resistencia de algunos estados argumenta la soberanía local para legislar en materia penal. Sin embargo, la gravedad de la violencia feminicida ha puesto este argumento en segundo plano frente a la necesidad de una respuesta de Estado.

Calidad Legislativa: El reto no solo es expedir la ley, sino que esta sea técnicamente impecable para evitar que, en la práctica, los criterios de los jueces sigan siendo discrecionales o sesgados.

Una Ley General es insuficiente si no va acompañada de recursos etiquetados para que las fiscalías estatales tengan la capacidad operativa (peritos, ministerios públicos y policías), para ejecutarla.

A decir de juristas, es fundamental observar cómo esta ley cambiaría la narrativa de la justicia. Al estandarizar el delito, se facilita el monitoreo de indicadores de impunidad, permitiendo un escrutinio más riguroso sobre el desempeño de las fiscalías locales.

La clave de esta legislación -arguyen abogados-, no es solo el texto de la ley, sino la capacidad de coerción que otorga al Estado para evitar que el feminicidio siga siendo un delito discrecional en su interpretación.

Salir de la versión móvil