En la etapa Prepárate, podrás verificar toda la información precargada, así como aquella que debes capturar para cumplir con tu obligación fiscal; con ello podremos iniciar con la siguiente etapa: Declara.
A partir del 1 de abril, podrás presentar tu declaración anual de personas físicas, recuerda que si la realizas a tiempo y si obtienes un saldo a favor, éste te será devuelto en un plazo menor.
Para facilitar el cumplimiento de la presentación de la declaración anual, PRODECON te informa de manera sencilla los pasos a seguir para validarla, enviarla y obtener tu devolución, o bien, de resultar impuesto a cargo puedas realizar el pago respectivo.
1. Debes contar con Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Contraseña y/o e.firma vigente.
2. Ingresa al Portal del SAT www.sat.gob.mx, en la parte superior izquierda dar clic en “Declaraciones”, posteriormente en “Anuales”, seleccionando “Presenta tu Declaración Anual de Personas Físicas para 2022”; para acceder al aplicativo, te solicitará autenticarte con tus datos personales, ingresa tu RFC y contraseña, o bien, con tu e.firma.
3. Una vez dentro del aplicativo, dar clic en “Presentar Declaración”, seleccionar declaración normal y el ejercicio, verifica el tipo de ingreso a declarar de acuerdo a tu régimen fiscal y, en su caso, selecciona los demás ingresos que hayas percibido en el ejercicio.
4. Revisa que la información precargada de tus ingresos, deducciones, retenciones y/o pagos provisionales sean correctos, de ser necesario compleméntala o modifícala.
5. Si no te resulta cantidad a pagar o saldo a favor, envíala utilizando de manera indistinta tu contraseña o tu e. firma, según sea el caso.
6. Si obtienes un saldo a favor puedes enviar la declaración con la contraseña, si el monto no supera los 10 mil pesos, o bien, si el saldo es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando selecciones la CLABE interbancaria predeterminada en el aplicativo, si el saldo a favor supera los 150 mil pesos es indispensable el uso de la e.firma.
Para conocer el estado que guarda tu devolución del saldo a favor
Podrás consultarlo en el Portal del SAT, en el apartado de “Devoluciones y compensaciones/Seguimiento de trámites y requerimientos”, para acceder al aplicativo nuevamente te solicitará autenticarte, ingresando tu RFC y contraseña, o bien, tu e.firma.
7. En caso de resultar impuesto a cargo, el acuse de recibo contendrá una línea de captura con el importe a pagar y la fecha límite de pago, la declaración se tendrá por presentada hasta que se efectúe el pago correspondiente, éste puede realizarse mediante transferencia electrónica de fondos desde tu Portal bancario.
Si no cuentas con los servicios de banca electrónica y realizas actividades empresariales y, si tus ingresos del año no excedieron de $2,455,520 pesos, o bien, no realizas actividades empresariales y tus ingresos del citado ejercicio fueron inferiores a $420,940 pesos, podrás efectuar el pago en ventanilla bancaria de las instituciones de crédito autorizadas.
8. En el supuesto de que resulte un saldo a pagar y no te sea posible efectuarlo en un solo pago, lo podrás realizar hasta en seis parcialidades, siempre que envíes la declaración y cubras la primer parcialidad antes del vencimiento del plazo establecido, selecciona dentro de la determinación del pago que “Opta por pagar en parcialidades”.
Esta facilidad queda sin efectos, si no se cubren en su totalidad las parcialidades en los plazos establecidos, por lo que las autoridades fiscales requerirán el pago inmediato del crédito fiscal.
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