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SCJN declara inconstitucional la prohibición del uso lúdico de la mariguana

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Con ocho votos a favor y tres en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó la prohibición absoluta al consumo lúdico o recreativo de cannabis y THC que establecía la Ley General de Salud.
El fallo significa que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitario (COFEPRIS) deberá otorgar el permiso a mayores de edad que soliciten sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer o transportar con fines lúdicos.
La autorización
No podrá incluir en ningún caso permisos de importación, comercialización, suministro o distribución. 

Hoy es un día histórico para las libertades, después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre derecho de la personalidad para el uso lúdico, recreativo, de la mariguana… El día de hoy, este Tribunal Constitucional reitera y reafirma una vez que su único compromiso es con la Constitución y que actúa con plena independencia y autonomía, enfatizó Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

Los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán y Yasmin Esquivel Mossa votaron en contra del proyecto al considerar que no procede la declaratoria general de inconstitucionalidad.

La Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI)

Discutida y aprobada en la Corte derivó de la incapacidad tanto de la Cámara de Diputados como del Senado de llegar a un acuerdo para despenalizar y regular el consumo lúdico de la cannabis, luego de la jurisprudencia en el tema que generó la Suprema Corte.

El 30 de abril venció por tercera ocasión el plazo que la Corte había puesto al Congreso para que regulara el consumo lúdico de mariguana en el país, pero los legisladores no alcanzaron ningún acuerdo para levantar la prohibición.

Foto:  Yosafat Maldonado/Pixabay 
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