Ícono del sitio DiarioNoticiasWeb.Org

“Urge prevenir, sancionar y erradicar la violencia vicaria; puede llegar a causar la muerte de algún integrante del núcleo familiar”: María Rosete

Foto: Pixabay

acoso

Con el fin de erradicar la violencia contra las mujeres y garantizar sus derechos, la diputada María Rosete (PT) planteó adicionar la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir un Capítulo denominado Violencia Vicaria.

La propuesta, que adiciona los artículos 7 Bis, 8 Bis, 9 Bis y 9 Ter a dicha ley, define la violencia vicaria como:

El acto u omisión realizado a quien tenga o haya mantenido una relación afectiva de pareja con o sin convivencia, sin importar su orientación sexual por sí o por interpósita persona que genere un daño físico, psicológico, emocional, económico o de cualquier índole a un ascendiente, descendiente, dependiente económico, allegados, seres sintientes o bienes de la víctima.

Establece que existe la finalidad de causar daño a la víctima, cuando concurran cualquiera de las circunstancias siguientes:

La iniciativa, turnada a las comisiones de Justicia y de Igualdad de Género, añade que los poderes Legislativos, Federal y locales en el respectivo ámbito de sus competencias deberán tipificar el delito de violencia vicaria; crear un plan de intervención ante cualquier caso de este tipo de violencia, y establecer como causal de la pérdida de la guarda y custodia y patria potestad cualquier acto de violencia vicaria por parte del progenitor.

Además, que en los juicios en materia familiar o penal, en que se haya dictado medidas provisionales o sentencia resolutoria, se debe:

Indica que, como una acción de protección a la víctima de violencia vicaria, el Estado deberá garantizar designarle de manera provisional y en sentencia firme el uso y disfrute de la vivienda que haya servido durante la relación afectiva de pareja, y de ser el hogar conyugal no importará el régimen de sociedad contraído.

La diputada argumenta en su propuesta que actualmente existe la violencia vicaria y aún no está tipificada ni reconocida en las leyes federales ni en diversas legislaciones locales.

Una violencia, que si no es reconocida y atendida para prevenirla, sancionarla y erradicarla puede llegar a causar la muerte de algún integrante, especialmente de las hijas e hijos del núcleo familiar, sostiene.

Por ello, destaca la necesidad de trabajar en políticas públicas que atiendan a las personas que sufren la separación o sustracción de sus hijas o hijos e, inclusive, las pérdidas de las personas allegadas a la víctima debido a los actos u omisiones realizadas por el agresor.

La reforma, añade, busca visibilizar una violencia que ha sido normalizada y que perjudica a miles de personas que están en desventaja, al no existir mecanismos disponibles y accesibles para las víctimas de esta violencia, a pesar de las múltiples denuncias y procedimientos judiciales interpuestos.

Foto: Pixabay
Salir de la versión móvil