Con 87 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno del Senado aprobó en lo general y particular las modificaciones y adiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal para sancionar la violencia digital, reforma conocida como Ley Olimpia.
Así, se aprobaron sanciones para el acoso, hostigamiento y difusión de contenidos sexuales a través de Internet o redes sociales y las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación.
Con la Ley Olimpia se sancionarán con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de quinientos a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) la violencia digital y todas las acciones dolosas realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación que violen la integridad, privacidad e intimidad de las personas, sobre todo, las mujeres.
✅ Para erradicar la violencia digital y mediática, el Senado aprueba por unanimidad la reforma conocida como #LeyOlimpiaNacional.
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También obliga
A las páginas de internet a bloquear los contenidos y avisar de manera inmediata a los usuarios cuando incurran en violaciones.
Ello incluye la digital como una nueva modalidad de la violencia, y agrega la que se desarrolla en los medios de comunicación.

