abril 16, 2026

Diputados aprueban reformas en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales

Diputados aprueban reformas en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales

 

Los diputados avalaron por 444 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, reformas al Código Penal Federal, en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales y establecer las sanciones correspondientes.

Se establece que al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de 10 a cien días multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad. 

 

Señala que se impondrá pena de tres meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, a quien dolosamente cause sufrimiento a un animal vertebrado, sin que provoque la muerte inmediata, cause lesiones que pongan en peligro la vida de un animal vertebrado o le cause lesiones o marcas permanentes.

 

Son excluyentes de responsabilidad de la muerte o mutilación de un animal vertebrado, las actividades culturales o cualquier otra que sea lícita, que constituya plaga y la muerte o mutilación de un animal por causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos de la materia.

Además, marcar o herrar animales vertebrados, cuando el objeto sea distinguir al ganado o el sacrificio de un animal vertebrado para consumo humano.

 

Otro artículo establece que se impondrá pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la UMA vigente, a quien utilice a un animal vertebrado con fines sexuales.

Se entenderá por utilización con fines sexuales a la práctica de actos de zoofilia con un animal y la venta, distribución, exhibición o difusión de imágenes, fotografías, videos o cualquier otro medio en que conste algún acto de zoofilia.

 

Se subraya que los delitos se perseguirán por querella, salvo que se cometan por el propietario, custodio o poseedor del animal o que el animal carezca de propietario, custodio o poseedor, casos en que se perseguirán de oficio.

Foto: FerGalindo980

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