Plantean crear la Canasta Básica del Espectador con precios máximo 20% sobre el mercado. Van contra monopolios y cobros excesivos en recintos deportivos y culturales en México.
Ivette Sosa
Con el objetivo de proteger la economía de los asistentes y garantizar condiciones dignas en eventos masivos, el diputado Sergio Gil Rullán, integrante de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC), presentó una iniciativa para reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor y regular la venta de alimentos, bebidas y el acceso a agua potable en espectáculos públicos.
La propuesta, turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, adiciona seis artículos a la legislación marco y reforma el artículo 128 para obligar a empresas promotoras, administradoras y comercializadoras de eventos deportivos, culturales, artísticos y recreativos a garantizar la venta de la llamada “Canasta Básica del Espectador“.
Este paquete comercial deberá incluir agua envasada, bebidas no alcohólicas, alimentos preparados básicos, botanas y opciones saludables a precios que no excedan en más de un 20% el costo promedio observado en comercios de la zona geográfica donde se ubique el recinto. Dichos precios deberán fijarse mediante una metodología oficial de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y ser visibles sin variaciones arbitrarias por alta demanda o aforo.
Un aspecto neurálgico del proyecto
Es el derecho al acceso gratuito a agua potable para el consumo humano. La iniciativa estipula que los recintos deberán instalar estaciones de abastecimiento o bebederos suficientes y permitir que los usuarios ingresen con termos o recipientes personalizables reutilizables vacíos, sin que las medidas de protección civil o seguridad se utilicen como pretexto para prohibir de forma generalizada la hidratación gratuita.
Asimismo, la propuesta aclara que cuando un establecimiento prohíba el ingreso de alimentos o bebidas externos por razones de seguridad u operación, estará estrictamente obligado a ofrecer los productos de la Canasta Básica del Espectador durante todo el desarrollo del evento.
En caso de incumplimiento, la reforma prevé sanciones económicas severas mediante la modificación del artículo 128, estableciendo multas que van desde los 1,093.02 pesos hasta los 4 millones 274 mil 960.73 pesos.
Al respecto, Gil Rullán enfatizó que asistir a un evento de entretenimiento no debe implicar la renuncia a los derechos básicos de las personas consumidoras ni la obligación de someterse a precios desmedidos.
Aclaró que la iniciativa no busca instaurar un control generalizado de precios ni perjudicar la actividad económica de la industria del entretenimiento, sino equilibrar la relación comercial y garantizar condiciones de trato digno y salud para el público en general.

