La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con el objetivo de prohibir por cualquier medio la distribución gratuita, venta y suministro de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico a menores de edad en las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica.
El dictamen, que modifica la Fracción VIII del artículo 50 del citado ordenamiento legal, fue avalado por unanimidad de 494 votos, y turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Establece dentro de las obligaciones de las autoridades federales, de las entidades federativas, de las municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el prohibir también la venta a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras de estos productos al interior de dichas instituciones.
Al fundamentar el dictamen
La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI), dijo que el reto es prevenir y combatir la obesidad infantil, así como fomentar en la niñez hábitos alimenticios saludables. Recordó que este dictamen es resultado de un gran consenso que tuvo continuidad, traspasó una legislatura y surgió de dos propuestas de Verónica Juárez y Claudia Domínguez.
Consideró que la promoción de una alimentación equilibrada, el consumo de agua potable, el fomento del ejercicio físico y el impulso a programas de prevención e información, son retos que no solo demandan legislar, demandan que usemos el resto de nuestras facultades, la aprobación del presupuesto y la vigilancia de los recursos ya asignados, por cierto, cada vez más pocos.
La diputada María del Rocío Banquells Núñez (PRD) refirió que la preocupación que da origen a esta iniciativa radica en la reflexión de las problemáticas de salud más alarmantes sobre la infancia, el sobrepeso y sus consecuencias, que afectan de manera directa su adecuado desarrollo.

