mayo 31, 2026

Impulsan reformas en materia de permiso de paternidad a militares y trabajadores al servicio del Estado

Impulsan reformas en materia de permiso de paternidad a militares y trabajadores al servicio del Estado

La diputada María Esquivel Arrona (PAN), impulsa una iniciativa para que el personal militar masculino y los trabajadores al servicio del Estado tengan derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de dos días por semana, durante los primeros dos meses a partir del nacimiento de su hija o hijo, y de igual manera en el caso de adopción.

La propuesta que adiciona el artículo 152 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y el artículo 28 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, fue turnada a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Defensa Nacional, para dictamen, y a la de Seguridad Social, para opinión.

En los considerandos

Destaca que este tipo de licencias permiten ejercer una paternidad más plena y benefician el desarrollo de las infancias que gozarán de una crianza compartida.

Asimismo, generan condiciones de trabajo más igualitarias: por un lado, combaten la discriminación en la contratación hacia las mujeres, motivada por el miedo a sus ausencias por maternidad y, por el otro, ayudan a reducir la brecha salarial que todavía existe entre mujeres y hombres.

Subraya que lograr una corresponsabilidad en el cuidado de los hijos sienta las bases para una mayor igualdad de género en el hogar y en la sociedad.

Menciona que en 2020 formaban parte de la Población Económicamente Activa 18.4 millones (86.9 por ciento) de hombres de 15 años y más identificados como padres en la vivienda que habitan; de ellos, el 97.4 por ciento se encontraban ocupados en alguna actividad económica, mientras que el 2.3 por ciento había buscado trabajo, y 2.7 millones (12.8 por ciento) de 15 años y más, identificados como padres, se encontraban sin participación económica.

Ante ello, indica, se deben garantizar los derechos a una licencia de paternidad, y el cuidado compartido de las hijas y los hijos, así como los derechos y las prestaciones que deben gozar por ley.

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