CURP Digital y Expediente Ciudadano: Se integran nuevos mecanismos oficiales de identidad para simplificar la contratación de servicios financieros.
Ivette Sosa
La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 330 votos a favor, 122 en contra y cero abstenciones, el dictamen por el que se expide la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos.
La normativa, de orden público y observancia general en todo el territorio nacional, tiene como objetivo central acelerar la adopción, infraestructura e implementación de medios de pago electrónicos en las transacciones comerciales y en los trámites gubernamentales.
El proyecto, derivado de una iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 8 de septiembre, aprobó en lo general y en lo particular la nueva Ley de Economía Digital.
Mecanismos de identidad y validez oficial
Entre sus principales innovaciones, la ley determina que en la contratación digital de cualquier servicio financiero, la CURP Digital será reconocida como un mecanismo de confianza oficial.
Las personas usuarias mantendrán el derecho de optar entre la CURP Digital o cualquier otra identificación oficial vigente ante las entidades bancarias y financieras.
A la par, se crea formalmente el Expediente Digital Ciudadano, un sistema de consulta y gestión documental orientado a simplificar la validación de información y elevar los estándares de inclusión financiera en el país.

Medios de pago reconocidos e infraestructura obligatoria
La legislación establece una tipología clara sobre las tecnologías reconocidas para la liquidación de obligaciones:
- Mecanismos sin contacto: Dispositivos NFC (Near Field Communication) y códigos de respuesta rápida (QR).
- Instrumentos tradicionales: Tarjetas de débito, crédito y órdenes de transferencia de fondos (incluyendo la domiciliación).
- Interfaces digitales: Cualquier dispositivo o plataforma autorizada por las autoridades financieras competentes.
Para garantizar su efectividad, los tres órdenes de gobierno y los proveedores de bienes o servicios deberán habilitar la infraestructura tecnológica necesaria para la recepción de estos medios de pago y promover activamente su uso entre la ciudadanía.
Criterios de contingencia y el fin del efectivo en sectores estratégicos
La ley contempla un marco de protección para los usuarios ante eventualidades técnicas. Se define formalmente el concepto de “contingencia” como todo evento extraordinario, fortuito o de fuerza mayor que afecte la continuidad del sistema. Durante estos lapsos, la recepción de dinero en efectivo o cheques será obligatoria para garantizar la continuidad del comercio.
Sin embargo, en condiciones normales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tendrá la facultad exclusiva de determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que la aceptación de medios digitales será la única forma de pago permitida.
Calendario de implementación y régimen transitorio
El decreto fija plazos estrictos para su entrada en vigor:
- Definición de sectores (15 días hábiles): Tras la publicación del decreto, la SHCP determinará las actividades estratégicas sujetas a la obligatoriedad del pago digital exclusivo.
- Emisión de reglas generales (15 días hábiles posteriores): Las autoridades de cada sector específico deberán emitir las disposiciones administrativas para regular las condiciones operativos, fijando calendarios de transición gradual para dejar atrás el efectivo.curp

