Javier Esteinou Madrid*
La democracia participativa
La iniciativa de Revocación de Mandato en México es un instrumento muy sano del sistema de la democracia participativa reconocida jurídicamente por la Constitución Política Mexicana y por su ley correspondiente, que permite que los gobernantes rindan cuentas a la sociedad a mitad de su gestión. Esta iniciativa representó un avance sustantivo en la dinámica democrática de la nación, por lo que dicha acción debe ser demandada por los ciudadanos que son quienes tienen el derecho de recibir resultados de los gobernantes y no emplazada por los sistemas de poder establecidos pues equivaldría a ejecutar una desaseada acción legitimadora de los mismos.
El marco legal de la consulta sobre la Revocación de Mandato
Con objeto de mantener un clima de orden y pulcritud en la realización de la primera consulta popular de la Revocación de Mandato en 2022, el Estado determinó que la acción comunicativa de dicha dinámica electoral debía quedar regida, entre otros, por los marcos de la siguiente conformación jurídica: la Constitución Política Mexicana; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE); la Ley Federal de Delitos Electorales; la Ley Federal de Revocación de Mandato; el Decreto por el que se interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, el principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en el artículo 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y los artículos 33 y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato; y finalmente, el dictamen del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acerca del “Decreto de Interpretación Auténtica Sobre el Concepto de Propaganda Gubernamental”.
Mediante tal cuerpo normativo se tipificaron en el ámbito legal lo que abarca el concepto de propaganda electoral, quién la puede realizar, en qué momento se podría ejercer, con que recursos se debe efectuar su implementación y cuáles son las penas que se aplicarían a quién violara dicho consenso legislativo. Así, con tales regulaciones se prescribió con suficiente contundencia jurídica que la “Consulta sobre la Revocación de Mandato” solo podría realizarla el Instituto Federal Electoral (INE); los funcionarios públicos quedaron obligados a mantener neutralidad durante tal evento; prohibió la difusión de propaganda gubernamental a partir de la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación; y ordenó que no se emplearan recursos públicos ni partidistas en un ejercicio que debía ser plenamente ciudadano.
Por consiguiente, aquellos funcionarios públicos que realizaran propaganda en tal etapa de veda electoral serían merecedores de sanciones administrativas, e incluso, siendo que la actual legislatura morenista incluyó en la Carta Magna que todos los delitos electorales tendrían que ser considerados como graves, también podrían recibir penas corporales como la prisión.
La convocatoria para la Revocación de Mandato en 2022
Sin embargo, pese al establecimiento preciso de dicho marco regulatorio, cuando se emplazó la realización de la consulta popular de la Revocación del Mandato del presidente de la República el 10 de abril de 2022, “Domingo de Ramos”, por el actual gobierno de la izquierda morenista y sus partidos aliados, se alteró el proceso jurídico establecido provocando que la sociedad mexicana no experimentara una acción de rendición de cuentas, sino padeció un acto de “Ratificación de Mandato”, o lo que fue lo mismo una “consulta popular de Estado”. Con ello se convirtió tal instrumento democrático en una herramienta electoral para consolidarse en el poder. No fue un auténtico mecanismo de evaluación del régimen en turno, sino una dinámica política de proselitismo y legitimación del régimen de Andrés Manuel López Obrador para ampliar su capacidad de fuerza y popularidad como presidente de la República.
El modelo de comunicación política
El modelo de comunicación política utilizado para la realización de consulta popular sobre la Revocación de Mandato presidencial estuvo conformado por dos grandes planos de acciones comunicativas: la “intervención mediática” del Instituto Nacional Electoral y la “injerencia comunicativa” del presidente de la República, el partido Morena, los gobernadores y los funcionarios públicos de la “Cuarta Transformación”.
Así, por una parte, en cuanto a la “intervención mediática” del INE, siguiendo la normatividad prefigurada y considerando los recursos que le fueron asignados este organismo desplegó un gran campaña de difusión en radio, televisión, espectaculares y redes sociales para propagar la consulta popular sobre la Revocación de Mandato e invitar a los ciudadanos a asistir a las urnas. Para ello, el Instituto difundió 1,000,095 spots pautados en radio y televisión con siete tipo de mensajes diferente para informar a la ciudadanía sobre tal proceso. Otorgó 874 entrevistas de consejeras, consejeros e integrantes de la Junta General Ejecutiva. Difundió la Revocación en inserciones en 16 periódicos nacionales, 179 periódicos estatales, alcanzando un tiraje acumulado de más de 7,200,000 de ejemplares a nivel nacional. Utilizó más de mil 700 espacios de publicidad exterior en la Ciudad de México y en el Estado de México. Aprovecho los 2 mil 248 espacios otorgados por el gobierno de la ciudad, de los cuales mil 480 correspondieron al Sistema de Transporte Colectivo Metro en el que diariamente circulan millones de personas, para informar sobre la convocatoria popular.
Además, complementariamente se organizaron 36 foros estatales y 243 foros distritales informativos. Las Juntas Locales y Distritales desplegaron múltiples campañas de difusión en 1,726 espacios, distribuyeron más de 39,000 volantes y 24,000 carteles. Emitió 769 boletines, tanto desde oficinas centrales como desde las Juntas Locales del INE. Se hicieron más de 1,000 publicaciones orgánicas en las redes sociales del INE, que alcanzaron una cifra superior a 23,500,000 de impresiones. Se desarrolló un micrositio especializado que obtuvo más de 579,000 visitas.
Conforme a lo establecido en los lineamientos para las Juntas del INE, a partir del 14 de marzo de 2022 estas instancias comenzaron a divulgar en sitios públicos la ubicación de las 57 mil 517 casillas que fueron instaladas el día de la jornada de votación; y desde el 26 de marzo, inició el funcionamiento del sitio ubicatucasilla.ine.mx para que cualquier persona pudiera consultar el domicilio exacto en el que estaba ubicada su lugar de votación, simplemente tecleando el número de su sección electoral localizado en la parte frontal de la “Credencial para Votar con Fotografía”, etc.
De ahí que fue rotundamente falso afirmar que el INE no hubiera cumplido con su deber constitucional y legal de impulsar el inédito ejercicio de Revocación de Mandato y promover la participación ciudadana en el mismo para que 92,823,216 ciudadanas y ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores asistieran a votar el domingo 10 de abril de 2022.
Por otra parte, con relación a la “injerencia comunicativa” del presidente de la República, el partido Morena, los gobernadores de la 4-T y los funcionarios públicos morenistas se observó que aunque existió un marco regulatorio muy definido para establecer la modalidad como debería ejecutarse legalmente la dinámica de la comunicación política para consumar la “Regulación del Mandato”; pese a ello, asombrosamente, el régimen gobernante de la “Esperanza del Cambio” las ignoró e instrumentó otro modelo de difusión violatorio de la Ley en diversas regiones del país. Así, sin respetar la normatividad vigente se constató la implementación de una mecánica de comunicación ilegal basada en dos grandes estrategias propagandista: la “comunicación mediática paralela” y la “comunicación por tierra”.
De esta forma, por un lado, en cuanto a la “comunicación mediática paralela” se efectuó una intensa campaña de propagación contraria a los mandatos de la Ley apoyada por comentaristas proselitistas en los canales abiertos, transmisión de audiovisuales promocionales, insertos publicitarios en el ciberespacio, empleo persuasivo de redes sociales, colocación estratégica de anuncios exteriores espectaculares, saturación de mantas en lugares concurridos, pinta de bardas, instalación de lonas en múltiples puntos medulares, etc.
Por otro lado, en relación con la táctica de la “comunicación por tierra” este prototipo de difusión política ilegítima se complementó con la realización de diversos mítines masivos a lo largo del país en la fase de prohibición de divulgación de publicidad electoral. Por ejemplo, utilizando recursos materiales y humanos públicos, diversos funcionarios federales de alto nivel, gobernadores, dirigentes políticos, legisladores, servidores públicos, incluso miembros uniformados de las fuerzas armadas, efectuaron propaganda política ilegal el 3 de abril al participar en una ‘asamblea informativa’ convocada por el partido Morena y otras asociaciones civiles en los estados norteños de Coahuila y Sonora, con el fin de impulsar la participación ciudadana en el referéndum sobre la Revocación de Mandato. En dicho acontecimiento las autoridades anunciaron que “¡Viene el amanecer democrático del 10 de abril!”. “¡La verdad es que no voy a hablar (secretario de Gobernación) de la Reforma Eléctrica, vamos a apoyar el movimiento para que el 10 de abril los sonorenses y los mexicanos demostremos al mundo que somos capaces de apoyar al mejor presidente en la historia moderna del México!”. “¡Andrés Manuel, en Coahuila no estás solo!”. “!Si el INE opta por amonestarme (secretario de Gobernación) sería un honor que me corran por apoyar a Andrés Manuel López Obrador¡”. “!Ésos del INE ya se van y los vamos a ver pasar ahí por el frente con la cola entre las patas¡”, etc.
De igual forma, con la intensión de respaldar la reforma eléctrica, en plena prohibición electoral, el 6 de abril de 2022 se realizó otra magna concentración en el Monumento a la Revolución en la CDMX para promover la consulta colectiva sobre la Revocación de Mandato en la República. En tal evento la gobernadora de la Ciudad de México, Dra. Claudia Sheinbaum, empleando apoyos estatales, expresó que “algunos consejeros del INE no tienen autoridad moral. Por ello, es necesario que los consejeros electorales sean votados por el pueblo de México. ¡Que viva la democracia!. Ningún presidente, a partir de ahora, podrá ignorar la voluntad de su pueblo, pues a los tres años será sujeto a revocación de mandato. Hoy quien pone la consulta, su mandato, su revocación, sólo puede ser un presidente valiente: el presidente Andrés Manuel López Obrador. Le decimos que no lo van a vencer las calumnias, nada, porque tiene un pueblo que lo acompaña. ¡El presidente no está solo, no está solo!”.
En el mismo sentido, se repitieron actos masivos en áreas públicas y en el ciberespacio en diversos estados del territorio nacional como Querétaro, Hidalgo y otros más, donde se utilizó el hashtag “Yo voto #QueSiga AMLO” para conseguir más adeptos para la causa lopezobradorista.
Mediante tales actividades se desafió abiertamente al marco jurídico-electoral que formulaba que la única instancia autorizada constitucionalmente para organizar, promover y velar por el desarrollo correcto del sufragio para la Revocación de Mandato era el Instituto Nacional Electoral y ningún otro organismo. Fue muy paradójico que los mismos legisladores de la izquierda morenista impulsores de este marco jurídico en años anteriores, posteriormente fueron los primeros actores que violaron tales restricciones constitucionales y legales para intentar conservar el poder.
Dichas acciones representaron diversas violaciones a la Constitución y al resto de la normatividad electoral, pero más allá de los delitos electorales, también entrañaron posibles infracciones penales porque tal publicidad política conllevó la utilización de recursos públicos con fines prohibidos por la ley electoral. Esta situación cobró mayor relevancia histórica cuando las fuerzas armadas abandonaron su papel imparcial como garantes de la seguridad nacional y también se convirtieron en actores proselitistas de la corriente política lopezobradorista comprometiéndose con un programa ideológico parcial y no con el proyecto global de la nación que es el que les correspondía. Además complicó gravemente el rol futuro de las fuerzas armadas en México, pues si el partido que indebidamente apoyó este sector castrense fuera derrotado en las urnas, sería necesario preguntar si ¿también el ejército tendría que renunciar a su función al haberse convertido en un promovente de esta corriente política abdicando de su exclusiva misión histórico-estructural de conservar imparcialmente la paz social en la República?.
En conjunto estas operaciones reflejaron que desde el 4 de febrero al emitirse la convocatoria formal y legal para la Revocación de Mandato, surgió un comportamiento ilegítimo por parte de diversos actores gubernamentales que contrastó con la vocación democrática y cívica de la ciudadanía. Este proceder ocasionó la violación recurrente de las normas que regulaban la difusión de la propaganda gubernamental y el principio de imparcialidad al que estaban obligados a cumplir las autoridades.
A través de esta campaña propagandista el gobierno en turno y su partido mayoritario en el Congreso pretendieron imponer al pueblo una forma de pensar favorable para acudir a las urnas a respaldar con su voto la Revocación del Mandato convertida en “Ratificación del Mandato”. Todo ello, reflejó la instrumentación de un gran festival de manipulación de conciencias para acarrear votos y ejercitar un ensayo de popularidad y de fuerza ante las futuras elecciones regionales para las gobernaturas en 2022 y las federales para la presidencia en 2024 en México.
Por último, con objeto de evitar controversias con los partidos de izquierda y de los operadores gubernamentales el INE aclaró desde el inicio del proceso que las restricciones a la propaganda gubernamental y las limitaciones impuestas a las expresiones de servidores públicos no las decidió este organismo electoral, sino fue el mismo Poder Legislativo que las incorporó en la Constitución y en la ley de consulta popular. Por consiguiente dicha autoridad electoral no censuró a nadie, sino simplemente se apegó a su obligación jurídica de hacer valer la normatividad vigente. De hecho, fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la acción de inconstitucionalidad 151/2021, la que determinó que los partidos políticos no debían promover el ejercicio de la Revocación de Mandato.
El resultado de la consulta popular
El corolario del referéndum popular del 10 de abril de 2022 fue que votó un total de 16,502,636 ciudadanos. De ese universo, 15,159,323 (91.86 %%) se inclinaron por “Que AMLO siga como presidente de la República”; 1,063,209 (6.44%) de personas optaron por “Que se le revoque el mandato a AMLO por falta de confianza”; y finalmente, 280,104 (1.64%) boletas fueron nulas.Por lo tanto, el resultado no fue jurídicamente vinculante, pues no alcanzó el 40% de la mayoría calificada de votos que se requería y solo quedó como un ejercicio electoral de orientación política sobre las preferencias populares.
Las irregularidades electorales
Pudiendo haberse consolidado este plebiscito como una acción ejemplarmente pulcra en términos de la democracia participativa, concluyó siendo un proceso desaseado, anticonstitucional, viciado, lleno de ilegalidades, con características muy marcadas de elección de Estado por parte de Morena y sus aliados políticos, y no una intervención auténticamente ciudadana. Por ello, debido al cúmulo de violaciones cometidas contra diversas disposiciones legales durante el proceso, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral recibió 172 acusaciones confirmadas por el TEPJF efectuadas básicamente por funcionarios públicos tanto del nivel federal como estatal, y otorgó 25 medidas cautelares, demandando el retiro inmediato de la publicidad y los mensajes, tanto en espacios físicos como en medios digitales, que apoyaban tal consulta a favor de López Obrador en 30 entidades federativas, ya que transgredían los principios de legalidad, certeza y el derecho fundamental al voto libre e informado.
En este encuadre histórico fue sumamente paradójico que en 2006 y en 2012 Andrés Manuel López Obrador, candidato a la presidencia de la República, denunció que los gobiernos en turno habían transgredido la reglamentación electoral para hacer campaña sucia en su contra; sin embargo, en abril de 2022 AMLO y su partido asombrosamente repitieron las mismas perversiones del antiguo régimen de poder corrupto al realizar ilegalmente una maniobra propagandista a su favor en la Revocación del Mandato. Fue un ejemplo deplorable de repetición de las más reprobables prácticas políticas que el nuevo gobierno de la “Esperanza del Cambio” prometió que no se volverían a ejercer porque ellos “eran dirigentes diferentes a los anteriores gobernantes”.
Tal desobediencia normativa se convirtió en una gran conflicto de gobernabilidad pues significó un desacato sistemático, intencional y reiterado contra las reglas del juego electoral por parte de los mismos núcleos que las habían creado con anterioridad al aprobar la ley de Revocación del Mandato el 17 de marzo de 2022. En este sentido, legisladores militantes de Morena, gobernadores del mismo partido, e incluso el propio presidente de la República, violaron la veda electoral de manera recurrente, irresponsable y descarada generando un choque frontal entre el régimen vigente y el INE como regulador democrático de los comicios, y el cual debía ejecutar la Ley y aplicar las consecuencias legales a los infractores.
Esta patética actitud del sistema de gobernabilidad reinante ubicó a la sociedad mexicana en un equilibrio político muy frágil, ya que un país en el que el propio gobierno no respeta la ley o la desobedece intencionalmente en base a la conveniencia de sus intereses, refleja la existencia de una gran crisis de estabilidad democrática donde los gobernantes y los gobernados quedan expuestos a una coyuntura de comportamientos anárquicos donde “ya todo se vale”.
Las consecuencias
La consulta popular sobre la Revocación del Mandato ocasionó diversas repercusiones político-sociales relevantes, entre las cuales destacaron las ocho siguientes:
1.- Debido a que constitucionalmente los delitos electorales son considerados como graves el INE tendría que solicitar que se impongan medidas cautelares de carácter administrativo y penal contra quienes infringieron el marco legal. Esto enfrentaría crecientemente al regulador electoral con las autoridades gubernamentales creando sustantivamente un clima de mayor crispamiento político en la convivencia social.
2.- La ruptura de las “reglas del juego electoral” mediante la recurrencia a estrategias ilegítimas produjo una pérdida relevante de la credibilidad ciudadana en dicho referéndum, convirtiéndolo en un proceso envilecido con poca confianza y legitimidad.
3.- Este comportamiento ilícito ocasionó una atmósfera de enrarecimiento de la legalidad electoral, provocando un efecto boomerang que derivó en un sentimiento de desanimo en los votantes que alimentó el abstencionismo en las urnas.
4.- La participación proselitista del Secretario de Gobernación en el mitin público para impulsar la Revocación de Mandato el 3 de abril de 2022 en el cual despreció frontalmente a la oposición, agravó relevantemente la crisis política del país, ya que debilitó o anuló su misión como el interlocutor oficial más valido entre los partidos políticos de oposición y el gobierno de la “Cuarta Transformación” para llegar a acuerdos básicos de gobernabilidad. En este sentido, la figura estatal que tendría que encargarse de administrar mesuradamente las relaciones políticas al interior de la nación, maltrató y lastimó a instituciones con quienes tendría que buscar una relación de negociación política tolerante, respetuosa y de cristalización de consensos para alcanzar la buena conducción de la República, demostrando que no se tenía consideración por la legalidad.
Tal enfrentamiento produjo un vacío de dialogo político muy peligroso entre el régimen vigente y la oposición para resolver los conflictos de manejo de la nación por la vía civilizada, sustituyéndola por la mecánica de la prepotencia, el enfrentamiento, el amedrentamiento, el engaño y el autoritarismo.
5.- A corto plazo, lo más grave podría ser que debido a la reiteración de tales conductas transgresoras, el INE y los partidos de oposición podrían solicitar la anulación de la consulta sobre la Revocación de Mandato por violentar el proceso de legalidad de los comicios, así como se han disuelto otras elecciones locales por las irregularidades cometidas en otras circunstancias. En ese caso la temperatura política negativa contra el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación se elevaría llegando a grados muy peligrosos para la sobrevivencia del sistema democrático de la nación.
6.- La actitud de desacato del Poder Ejecutivo, de algunos gobernadores, de la jefa de gobierno de la CDMX, de funcionarios de la administración estatal, etc. al reiteradamente violentar la regulación electoral, introdujo abiertamente un “efecto corruptor” muy peligroso y perjudicial en la conciencia de la sociedad, pues enseñó a los ciudadanos que “¡haiga sido como haiga sido!” se puede vulnerar el marco constitucional con tal de alcanzar los objetivos políticos. El conjunto de trampas, violaciones, politización de las fuerzas armadas, circulación de dinero sucio para financiar campañas, acarreo de votos, etc. minó el marco jurídico, cultural y moral del país pues alimento el principio antiético y perverso que el “fin justifica los medios”.
Dicha acción gubernamental impuso en el espacio público una pedagogía oficial muy grave de soberbia, autosuficiencia, engaño, ausencia de escrúpulos, mentira, hipocresía, etc. como conducta ejemplar legítima a seguir para conquistar cualquier meta política que permita conservar el poder. Fue el fomento institucional de la “Ley de la Selva Política” por parte del gobierno de la “Cuarta Transformación” contra la cultura de la democracia y la civilidad en el país.
7.- La constante tensión generada por el gobierno de la Cuarta Transformación contra el Instituto Nacional Electoral menoscabó significativamente el rol regulador del Instituto como la principal figura para mantener la legalidad electoral y la concordia social en la República.
8.- Finalmente, a largo plazo, esta actitud oficial de quebranto sistemático de la ley en vísperas del proceso de Revocación del Mandato, puede ser un anuncio muy delicado que manifieste que los actuales gobernantes repetirán e intensificarán la misma estrategia de comunicación toxica en las elecciones federales del 2024 para la presidencia de la República, lo cual pondría en serio riesgo la democracia generando un enorme caos social en la nación.
La sociedad debe exigir al gobierno que prive la responsabilidad y la legalidad por parte de estos actores políticos, porque transgredir sistemáticamente el orden constitucional erosionará profundamente el endeble sistema democrático que tardó más de cuatro décadas en construirse en el México moderno. Si el INE y el TEPJF no aplican severas sanciones ejemplares para los infractores de la legalidad en este referéndum el mecanismo para violentar los comicios del 2024 quedará abierto para el reinado de la corrupción oficial, la impunidad electoral y la anarquía social.
La gran esperanza de la población que el gobierno legítimo alcanzado pacífica y democráticamente en la transición política de México el 1 de julio de 2018 se transformaría posteriormente en un régimen legal, respetuoso del orden del derecho, honrando los contrapesos institucionales; progresivamente se ha desvanecido con mayor fuerza y rapidez a través del comportamiento transgresor de la legalidad del actual régimen en la Revocación del Mandato en 2022. Ello confirmó fehacientemente que la sociedad mexicana desafortunadamente avanza velozmente por el camino de la regresión autoritaria del régimen político de la nación.
*Fuente: La revocación del mandato: Su modelo de comunicación, revista Siempre, No. 35927, Año LXVIII, Columna Comunicación, Fundación Pagés Llergo, Ciudad de México, México, 17 de abril de 2022, páginas 48 a 51, http://www.siempre.mx/2022/04/la-revocacion-del-mandato-su-modelo-de-comunicacion/
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