mayo 06, 2026

La SCJN obliga a instituciones financieras a demostrar cargos no reconocidos

La SCJN obliga a instituciones financieras a demostrar cargos no reconocidos

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un nuevo revés a las instituciones bancarias, al obligarlas a demostrar los cargos no reconocidos en tarjetas de crédito y débito y cuentas con la institución.

El máximo tribunal estableció como jurisprudencia que, en los juicios contra bancos por cargos no reconocidos en tarjetas y cuentas, no basta con que la persona usuaria falte a la audiencia para presumir, mediante confesión ficta, que autorizó las operaciones.

Precisa: Esta decisión fortalece la protección de quienes utilizan servicios bancarios, impide que se les atribuyan cargos indebidos y obliga a las instituciones financieras a actuar con transparencia y conforme a la ley.

La confesión ficta no basta

El banco debe demostrar la legitimidad de la operación para proteger los derechos de quienes confían sus recursos a las instituciones financieras y solo cuando el banco demuestre, con documentos certificados, que siguió todos los pasos acordados con el usuario y que sus sistemas funcionaron correctamente, puede revertirse la carga de la prueba para que sea el cliente, quien demuestre que no realizó la operación, establece el máximo tribunal.

Jan Vašek en Pixabay

Esta decisión de la SCJN

Se da justo cuando en el recinto legislativo de San Lázaro se avalaron medidas para prohibir el envío de plásticos no solicitados y garantizar su cancelación de forma rápida y sin penalizaciones.

Entre las disposiciones aprobadas en la iniciativa del diputado Ricardo Monreal, están:

Que las entidades financieras deberán permitir que el usuario cancele su tarjeta de crédito o débito de forma presencial, telefónica o digital.

Deberá ser incluido en las aplicaciones móviles, banca en línea y portales web oficiales:

  • Un botón visible y de acceso directo para hacerlo, el cual debe estar disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
  • El proceso debe ser en un máximo de 5 días.
  • Queda nula la emisión de tarjetas de crédito o débito cuando no exista consentimiento expreso del usuario, esto es, que no la haya solicitado. No es necesario que la persona cancele la tarjeta en cuestión.

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