noviembre 06, 2025

Morena busca incrementar la lista de días feriados en la LFT

Morena busca incrementar la lista de días feriados en la LFT

En la presente Legislatura, el Congreso de la Unión suma siete proyectos para ampliar los días de descanso obligatorio para los trabajadores. Por cierto, una lista que no se incrementa desde hace 38 años, casi cuatro décadas.

Recientemente se presentó en el recinto legislativo de San Lázaro, una propuesta para incluir un nuevo día de descanso en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El proyecto es promovido por el diputado morenista Carlos Ignacio Mier Bañuelos, el cual busca reconocer el primer lunes de mayo como día de descanso obligatorio para los trabajadores, en conmemoración del 5 de mayo, aniversario de la Batalla de Puebla.

El legislador argumenta que se trata de una fecha homenajeada por el Estado y con reconocimiento internacional, principalmente en Estados Unidos.

Actualmente la LFT reconoce nueve fechas como descanso obligatorio

De las cuales, dos no se pueden disfrutar cada año, ya que una está vinculada a la jornada electoral y la otra, la transmisión del Poder Ejecutivo, un hecho que ocurre cada seis años.

La lista de feriados para los trabajadores no se ha ampliado desde 1987, cuando se sumaron las jornadas electorales en los festivos oficiales.

Esta no es la primera vez que se plantea ampliar los días de descanso establecidos en la Ley Federal del Trabajo. El Congreso de la Unión suma en la actual legislatura siete proyectos que buscan incrementar los festivos oficiales para los trabajadores.

Otras fechas que se han propuesto para sumar a la lista de descanso obligatorio son el 1 y 2 de noviembre por el Día de Muertos; el jueves y viernes de Semana Santa, y el 12 de diciembre por el Día de la Virgen de Guadalupe.

De acuerdo con la LFT

El trabajador que presta servicio en día de descanso obligatorio tiene derecho a recibir su remuneración ordinaria más un pago doble.

Si el festivo coincide en domingo, se tiene derecho a una prima dominical igual al 25% del salario ordinario de la jornada laboral.

La LFT prevé sanciones por incumplir con la compensación especial por prestar servicios en un día feriado. La multa va de los 5,675 a los 565,700 pesos por violar estas disposiciones.

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