julio 06, 2026

Ni bodas impuestas ni impunidad penal: Diputados prohíben por ley la cohabitación forzada y tipifican ataques con ácido

Ni bodas impuestas ni impunidad penal: Diputados prohíben por ley la cohabitación forzada y tipifican ataques con ácido

Enfoque de Combate al Maltrato con Químicos: El ácido ya no será lesiones leves

Ivette Sosa

En una sesión que marca un antes y un después en la defensa de los derechos humanos de las mexicanas, la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad dos dictámenes históricos.

Las reformas modifican la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con dos propósitos urgentes: Visibilizar y erradicar la cohabitación forzada de menores y clasificar los ataques con ácido o sustancias corrosivas como una forma específica de violencia extrema de género, cerrando el paso a la impunidad judicial.

La presidenta del órgano legislativo, diputada Karina Margarita del Río Zenteno (Morena), afirmó que nombrar jurídicamente estas conductas impedirá que los agresores aprovechen vacíos legales.

El primer dictamen añade el artículo 6 Bis a la citada ley para tipificar la cohabitación forzada como violencia familiar o comunitaria. Se define formalmente como la acción de obligar, coaccionar o inducir a mujeres, niñas o adolescentes a unirse informalmente o por vía consuetudinaria con una pareja, una práctica sistemática que suele escudarse bajo el amparo de los usos y costumbres.

El fin de las uniones forzadas y tempranas

El dictamen expone que la cohabitación forzada arrebata de manera estructural el futuro de las jóvenes en contextos de vulnerabilidad, vulnerando su derecho al libre desarrollo. Las diputadas Julieta Kristal Vences Valencia y Clara Cárdenas Galván (Morena) coincidieron en que esta conducta opera bajo presiones familiares, económicas o de control social.

Con este marco normativo, se dota al Estado de herramientas operativas para detectar casos a tiempo y aplicar medidas de protección oportunas.

Las diputadas Vanessa López Carrillo (PT), Mildred Concepción Ávila Vera y Claudia García Hernández (Morena) destacaron que el dictamen no solo busca sancionar, sino activar obligaciones preventivas para evitar que estas uniones impuestas sigan reproduciéndose de generación en generación.

Foto: Tumisu

Justicia para las sobrevivientes de ataques químicos

El segundo dictamen reforma la fracción VII del artículo 6 del mismo ordenamiento legal, con el fin de reconocer los ataques con sustancias cáusticas, tóxicas, inflamables o compuestos químicos como una agresión autónoma y destructiva.

La Comisión fundamentó la urgencia de este cambio al denunciar que las fiscalías mexicanas solían clasificar erróneamente el uso de ácido como un simple “delito de lesiones comunes”, un enfoque negligente que minimiza el impacto psicosocial, permite penas leves y favorece la impunidad de los agresores.

Clasificar estos ataques bajo su verdadera magnitud obliga a los tres órdenes de gobierno a diseñar protocolos especializados de atención médica especializada y reparación integral.

Las legisladoras Karina Alejandra Trujillo Trujillo (PVEM) y Ávila Vera subrayaron que estos actos delictivos buscan la “aniquilación” de la identidad, el rostro y el proyecto de vida de las mujeres.

Al eliminar el término reduccionista de lesión, el Congreso de la Unión blinda los procesos judiciales para juzgar estas agresiones bajo una estricta perspectiva de género que reconozca la verdadera intención de feminicidio.

About The Author

Maestra en Periodismo y Comunicación; directora de noticias, editora, jefa de información, articulista, reportera-investigadora, conductora y RP. Copywriter de dos libros sobre situación política, económica y narcotráfico de México; uno más artesanal de Literatura. Diversos reconocimientos, entre ellos la Medalla de plata por 50 Aniversario de Radio UNAM y Premio Nacional de Periodismo, categoría Reportaje.

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