La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó mantener sin cambios la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, se podrá seguir aplicando para los delitos contemplados en el Artículo 19 de la Constitución.
En un nuevo proyecto, el ministro Luis María Aguilar planteaba que la medida cautelar dejara de aplicarse de manera automática al tratarse de delitos graves.
Que los jueces penales abrieran un debate para evaluar el caso y determinar la prisión preventiva, en caso de que otras medidas cautelares no se adecuen como garantes de la protección de la víctima, testigos o comunidad.
El pasado 22 de noviembre
Se realizó la primera sesión de la discusión en la que cinco ministros se pronunciaron. La ministra Yasmín Esquivel Mossa y los ministros Alberto Pérez Dayán y Jorge Pardo Rebolledo se manifestaron en contra; mientras que Luis María Aguilar y Juan Luis González Alcántara Carrancá se declararon a favor.
El día 24, las ministras Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortiz hicieron lo propio. Y el proyecto del ministro Luis María Aguilar necesitaba al menos ocho votos para ser aprobado, pero únicamente cinco ministros se pronunciaron a favor.
Empero, se determinó eliminar la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando y defraudación fiscal simple, con nueve votos a favor. Y con ocho votos, para quienes incurran en evasión fiscal organizada y simulación de operaciones de facturas.

