Se propone sancionar con cuatro a 12 años de prisión y 400 a mil 200 días multa a quien desproteja y provoque abuso emocional y físico a niñas, niños y adolescentes
La diputada Esther Berenice Martínez Díaz (Morena) impulsa una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, con el propósito de prohibir “el castigo físico, psicológico y los tratos humillantes y denigrantes infligidos a niños, niñas y adolescentes, como forma de corrección o disciplina”.
La propuesta, enviada a la Comisión de Justicia para dictamen
Modifica el título decimonoveno de dicho precepto para denominarlo: Delitos contra la vida, “la dignidad” y la integridad corporal. Asimismo, adiciona el capítulo II “Del Maltrato Infantil”, que comprende el artículo 301 Bis, a fin de establecer sanciones de cuatro a 12 años de prisión y 400 a mil 200 días multa a quien con motivo de maltrato infantil desproteja a niñas, niños y adolescentes, provocando el descuido, la negligencia y el abuso emocional y físico.
También a quien retenga, sustraiga, oculte, maltrate, amenace, ponga en peligro o promueva mecanismos jurídicos y no jurídicos que retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia, con cualquiera de los progenitores y familia ampliada.
Las penas se aumentarán en una mitad más cuando se provoque o induzca “a la participación de niñas, niños y adolescentes en conflictos armados, situación de calle o mendicidad, situaciones de refugio o desplazamiento”.
Lo anterior, sin perjuicio de que se acumulen las sanciones que correspondan por otras conductas ilícitas que concurran en la realización del delito y de las responsabilidades civiles que correspondan a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Se considerará como abuso emocional
Cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en negligencia, abandono, descuido reiterado, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas.
Asimismo, limitar su derecho a la libre convivencia con cualquiera de los progenitores y familia ampliada. Y, como abuso físico, se considerará cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.
La legisladora Martínez Díaz asevera que esta reforma permitirá garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia, para que se desarrollen bajo un trato digno y libre de todo tipo de violencia por parte de sus madres, padres, docentes y cuidadores.
Enfatiza que es necesario concientizar a la población que la educación con gritos, insultos y golpes es perjudicial para el sano desarrollo de la niñez y la adolescencia, ya que esto puede ocasionar baja autoestima, aislamiento, dificultades en la atención, ansiedad, retraso del lenguaje, agresividad, problemas de conducta, miedos y depresión, y a largo plazo se pueden producir alteraciones del sueño y de la alimentación.
Según el Inegi
Entre 2012 y 2017 fueron asesinados casi dos mil 600 personas menores de 15 años, 42 por ciento por algún familiar, en sus hogares o por maltrato. Padres, madres y padrastros son los principales agresores.
Según el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), en 2020 se registraron 27 mil 526 personas entre uno y 17 años, que fueron atendidas en hospitales de México por lesiones ocurridas en el interior de sus hogares.

