Cuando el Estado pierde el equilibrio entre lo que produce y lo que distribuye, la justicia social se convierte en ficción y la economía en simulación.
José Alberto Sánchez Nava (Columnista)
I. La inflación como síntoma de un Estado desequilibrado
México enfrenta hoy una crisis económica silenciosa pero profundamente corrosiva: La inflación sostenida en productos de primera necesidad. No se trata únicamente de un fenómeno monetario, sino de una manifestación estructural de desequilibrios entre producción, consumo y gasto público.
El incremento en los precios de alimentos, combustibles y bienes esenciales refleja una realidad innegable: Estamos consumiendo más de lo que producimos. Este déficit estructural presiona la balanza comercial, debilita la moneda y traslada el costo al ciudadano común.
Conforme a los principios rectores del Banco de México, la estabilidad del poder adquisitivo no depende únicamente de la política monetaria, sino del equilibrio macroeconómico integral. Cuando el gasto público se desvincula de la capacidad productiva nacional, la inflación se convierte en una consecuencia inevitable.
II. Programas sociales: Entre legitimidad y sostenibilidad constitucional
Los programas sociales, particularmente aquellos dirigidos a adultos mayores, tienen un fundamento legítimo en el principio de justicia distributiva y en los derechos sociales consagrados en la Constitución. Sin embargo, su sostenibilidad exige una base económica sólida.
El artículo 25 constitucional establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable. Esto implica que todo gasto público —incluidos los programas sociales— debe estar respaldado por una economía productiva y no únicamente por mecanismos de transferencia.
Cuando el gasto social crece sin un correlato en la producción, se genera un efecto inflacionario indirecto: Mayor demanda sin oferta suficiente. Este fenómeno erosiona precisamente el beneficio que dichos programas pretenden otorgar.

III. El peaje carretero: Ilegalidad estructural y distorsión económica
En este contexto de crisis inflacionaria, emerge un factor pocas veces analizado con rigor jurídico: el impacto del peaje carretero en el costo de los productos básicos.
El análisis técnico-jurídico revela una irregularidad de origen: el cobro de peaje no se encuentra tipificado en la Ley Federal de Derechos. Conforme al principio de legalidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución, toda contribución debe emanar de una ley formal emitida por el Congreso.
Sin embargo, las tarifas de peaje son fijadas por la administración pública a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y operadas por Caminos y Puentes Federales, mediante concesiones y acuerdos administrativos. Este mecanismo configura una invasión a la esfera legislativa.
El Decreto de 1985 que regula a CAPUFE estableció claramente que las cuotas debían estar previstas en la Ley Federal de Derechos. La omisión legislativa durante décadas, ha generado un vacío que hoy se traduce en discrecionalidad administrativa.
IV. Fraude a la ley y prórrogas concesionarias: El caso paradigmático
El caso de la caseta de Cuyutlán, en Colima, no sólo representa una irregularidad jurídica, sino un símbolo de resistencia social frente a la ilegalidad estructural del sistema concesionario.
Como ha sido documentado en los análisis del suscrito José Alberto Sánchez Nava, dicha caseta deriva de un título de concesión originalmente limitado por la Ley de Vías Generales de Comunicación a un máximo de 20 años, el cual fue indebidamente ampliado mediante adéndums administrativos carentes de sustento legal, contraviniendo el artículo 14 constitucional y el régimen transitorio de la legislación de 1993.
La inconformidad social acumulada durante años, encontró un punto de inflexión en junio de 2019, cuando el Gobierno Federal anunció la suspensión del cobro de peaje para automóviles particulares en el tramo Armería-Manzanillo, como resultado de un acuerdo con la concesionaria. Esta decisión no fue una concesión graciosa del poder, sino la consecuencia directa de una presión social legítima y sostenida.
Dicha medida reconoce implícitamente la fragilidad jurídica del cobro. Si el peaje hubiese estado plenamente sustentado en el marco constitucional y legal, no habría espacio para su suspensión discrecional. La suspensión, en los hechos, confirma la existencia de un vicio de origen.
La lucha social en Cuyutlán se erige así como un precedente de legitimidad ciudadana frente a actos administrativos que vulneran derechos fundamentales. No se trata de una rebeldía arbitraria, sino de una reacción jurídicamente fundada frente a un esquema que, como ha sido señalado, se asemeja a un derecho de piso institucionalizado.

V. Impacto económico: El peaje como factor inflacionario
El peaje carretero incide directamente en el costo logístico del transporte de mercancías. Cada caseta representa un incremento acumulativo que se traslada al precio final de los productos.
En un país donde la distribución terrestre es el principal medio de abastecimiento, este costo se convierte en un impuesto indirecto al consumo, afectando desproporcionadamente a los sectores más vulnerables.
Así, el peaje deja de ser una contraprestación por servicio y se transforma en un derecho de piso institucionalizado: Un cobro obligatorio para ejercer el derecho al libre tránsito consagrado en el artículo 11 constitucional.
VI. La crisis como resultado de una arquitectura jurídica distorsionada
La inflación en México no puede analizarse únicamente desde la óptica económica; es también el resultado de una arquitectura jurídica deformada.
La omisión legislativa en la Ley Federal de Derechos, la discrecionalidad administrativa en la fijación de tarifas y la prolongación ilegal de concesiones configuran un sistema que extrae riqueza del ciudadano sin sustento constitucional pleno.
Este modelo no solo encarece la vida cotidiana, sino que erosiona el Estado de Derecho, al normalizar prácticas que vulneran principios fundamentales como la legalidad, la seguridad jurídica y la división de poderes.

VII. Reflexión final
México no enfrenta únicamente una crisis económica; enfrenta una crisis de legalidad que se traduce en inflación, desigualdad y pérdida de confianza institucional.
Casos como Cuyutlán demuestran que la resistencia social, cuando está fundada en la razón jurídica, puede evidenciar las grietas del sistema y obligar al poder a replegarse, aunque sea parcialmente.
Donde la ley es omitida, la resistencia se convierte en derecho; y donde el derecho es vulnerado, la historia termina por juzgar al poder.

