Por vulnerar los derechos a la privacidad y de protección de datos personales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio revés al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, conocido como Panaut.
Fue la ministra Norma Lucía Piña Hernández quien publicó el proyecto de resolución de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores de la oposición y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) contra el decreto de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la que se creó el Panaut.
En su oportunidad, legisladores de oposición, así como el Inai promovieron sendos recursos de inconstitucionalidad en contra del decreto para crear el Panaut, tras señalar que su puesta en marcha podría vulnerar diversos derechos humanos.
El 16 de abril del 2021
El Congreso de la Unión publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicación y Radiodifusión, que buscaba crear una base de datos con información de personas físicas y morales con una línea telefónica a nivel nacional.
Ello, bajo el argumento de que con la base de datos del Panaut, el gobierno mexicano colaboraría con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos vinculados a la comisión de delitos como extorsión y fraude.
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Inai presentará acción de inconstitucionalidad contra padrón de datos biométricos

