Los drones son un desafío creciente a la privacidad al capturar imágenes, video, sonido y datos personales sin consentimiento, superando barreras físicas como vallas. Grabar en propiedades privadas, áreas restringidas o compartir material sin permiso es ilegal, pudiendo incurrir en delitos de intrusión, acoso o violación de secretos.
En México, el Reglamento de la Ley de Aviación Civil obliga a registrar drones >250g y prohíben sobrevolar zonas privadas o concurridas sin autorización. En Estados Unidos, diversas leyes (SB 992, HB 912) prohíben el acoso y la vigilancia aérea sin consentimiento.
En el recinto de San Lázaro
El diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes (PRI) propone modificar el Código Penal Federal y las leyes de Aviación Civil, de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la General de Protección Civil, para regular el uso de vehículos aéreos no tripulados.
Además, que:
La utilización indebida de drones para captar, obtener, almacenar o difundir imágenes, grabaciones o sonidos sobre datos personales, mediante el uso de vehículos aéreos no tripulados sin consentimiento, sea sancionado con prisión de 12 meses a diez años y de mil a 2 mil 500 días de multa.
Dicha propuesta se envió a las comisiones de Justicia, Comunicaciones y Transportes, y de Gobernación y Población.

